Este Martes 13 pasado, el @senadomexicano verdaderamente nos metió en una verdadera pesadilla. Bien dice el dicho, “martes 13, ni te cases, ni te embarques, ni de tu casa de apartes”. Y es que resulta que la cámara de diputados y el senado aprobaron las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicación y Radiodifusión para que los prestadores de servicio de telefonía móvil, creen una base de datos que contenga la información de todos los usuarios que tengan celular.
El Padrón deberá contener entre otros, los datos biométricos del usuario para persona física, o de su representante legal en caso de ser persona moral. El INAI advierte el riesgo que conlleva esta definición ya que, con el número elevado de operadores de telefonía, se entiende que serán las propias empresas las encargadas de recabar dichos datos.
Para el INAI, “el manejo de datos biométricos relacionados con la identidad de una persona, así como el tratamiento de otros datos que se recaben, requiere del mayor cuidado posible, puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación”.
Para nuestro presidente de la república, esta medida es acertada ya que permite cuidar a la población ya que existe un intercambio de chips que son usados para cometer ilícitos.
Pero, ¿Por qué tanto alboroto por esta medida?. Existen varios argumentos que explican dicha aversión al tema. Hay que recordar lo que pasó con el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut) cuando se supo que la base de datos se encontraba a la venta en internet 2 meses después de haberse constituido. Ni las autoridades ni los concesionarios están capacitados para manejar esta cantidad de información, además de que constituyen una “violación flagrante a las libertades y derechos individuales de los gobernados”. Al menos eso fue lo que Ricardo Monreal dijo en 2011 en su posicionamiento sobre el padrón de usuarios de telefonía de Felipe Calderón según el artículo de la revista Proceso. Pero el mismo Ricardo Monreal ha modificado su punto de vista en seis ocasiones.
La Red en defensa de los derechos digitales ha emitido una ficha técnica sobre la minuta correspondiente a la aprobación. En la ficha técnica, la red menciona los siguientes argumentos:
1. No existe evidencia de que los registros de las tarjetas SIM contribuyan a la reducción de delitos como la extorsión.
2. El padrón sería fácil de evadir por la delincuencia. Esto porque las redes criminales no usan teléfonos asociados a su identidad para cometer sus delitos. Esto es, inverosímil y falto de sentido común. La clonación y duplicación de tarjetas SIM, su uso en otras jurisdicciones, el uso de servicios de Voz sobre IP, y por último, el robo de teléfonos móviles.
3. El padrón atenta contra la presunción de inocencia.
4. La autoridad ya cuenta con múltipels herramientas para investigar delitos como la extorsión.
5. El padrón viloa derechos humanos y pone en riesgo la seguridad de las personas usuarias de telefonía móvil.
6. La recolección y almacenamiento de datos biométricos como parte del padrón, puede violar el derecho a la privacidad de manera irreversible.
7. El Padrón desperdicia recursos indispensables para combatir la brecha digital.
Como resumen, La Red en Defensa de los Derechos Digitales, el padrón que se propone:
-No contribuirá a la reducción del delito
-No impedirá a los extorsionadores continuar haciendo llamadas desde números no asociados a su identidad
-Provocará que las autoridades persigan líneas de investigación inútiles o que conduzcan a acusación de inocentes
-Es innecesario dado que ya existen múltiples herramientas para investigar y combatir delitos como la extorsión, localización geográfica en tiempo real y el acceso a datos conservados, además de la inhibición de señales de telefonía en reclusorios y el combate a la corrupción en ellos.
-Pone en riesgo la privacidad y seguridad de la población como ya sucedió en el pasado
-Constituye un apetitoso botín cibernético ya que, al estar centralizada, es un atractivo enorme para atacantes informáticos de atacantes cibernéticos nacionales e internacionales.
-Genera un riesgo de daño irreversible a la privacidad al incluir la recolección y almacenamiento masivo y centralizado de datos biométricos.
-Constituye una medida propia de regímenes autoritarios que obstaculiza el derecho a la expresión anónima y facilita el monitoreo y control de la población en violación de los derechos humanos y libertades fundamentales.
-Implica un desperdicio de recursos escasos en tiempos de crisis económica y sumamente necesarios para abatir la brecha digital en medio de una pandemia
-no es una medida necesaria ni proporcional para el fin perseguido y, por ende, resulta inconstitucional y violatoria de los derechos humanos.
Ante esto, deberán de llover amparos, al menos de los usuarios actuales ya que las leyes no se puede aplicar la retroactividad, y con esto lograr defenderse de esta medida arbitraria.
Sígueme en mis siguientes artículos para más ideas estratégicas de transformación digital.
El peligro en que nos metió el Senado
Este Martes 13 pasado, el @senadomexicano verdaderamente nos metió en una verdadera pesadilla. Bien dice el dicho, “martes 13, ni te cases, ni te embarques, ni de tu casa de apartes”. Y es que resulta que la cámara de diputados y el senado aprobaron las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicación y Radiodifusión para que los prestadores de servicio de telefonía móvil, creen una base de datos que contenga la información de todos los usuarios que tengan celular.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales en su comunicado INAI-123-21 lo califica como “riesgo latente para la protección de datos personales” además de que “se debe limitar al máximo la recolección de datos biométricos.
El Padrón deberá contener entre otros, los datos biométricos del usuario para persona física, o de su representante legal en caso de ser persona moral. El INAI advierte el riesgo que conlleva esta definición ya que, con el número elevado de operadores de telefonía, se entiende que serán las propias empresas las encargadas de recabar dichos datos.
Para el INAI, “el manejo de datos biométricos relacionados con la identidad de una persona, así como el tratamiento de otros datos que se recaben, requiere del mayor cuidado posible, puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños significativos de una difícil o imposible reparación”.
Para nuestro presidente de la república, esta medida es acertada ya que permite cuidar a la población ya que existe un intercambio de chips que son usados para cometer ilícitos.
Pero, ¿Por qué tanto alboroto por esta medida?. Existen varios argumentos que explican dicha aversión al tema. Hay que recordar lo que pasó con el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut) cuando se supo que la base de datos se encontraba a la venta en internet 2 meses después de haberse constituido. Ni las autoridades ni los concesionarios están capacitados para manejar esta cantidad de información, además de que constituyen una “violación flagrante a las libertades y derechos individuales de los gobernados”. Al menos eso fue lo que Ricardo Monreal dijo en 2011 en su posicionamiento sobre el padrón de usuarios de telefonía de Felipe Calderón según el artículo de la revista Proceso. Pero el mismo Ricardo Monreal ha modificado su punto de vista en seis ocasiones.
La Red en defensa de los derechos digitales ha emitido una ficha técnica sobre la minuta correspondiente a la aprobación. En la ficha técnica, la red menciona los siguientes argumentos:
1. No existe evidencia de que los registros de las tarjetas SIM contribuyan a la reducción de delitos como la extorsión.
2. El padrón sería fácil de evadir por la delincuencia. Esto porque las redes criminales no usan teléfonos asociados a su identidad para cometer sus delitos. Esto es, inverosímil y falto de sentido común. La clonación y duplicación de tarjetas SIM, su uso en otras jurisdicciones, el uso de servicios de Voz sobre IP, y por último, el robo de teléfonos móviles.
3. El padrón atenta contra la presunción de inocencia.
4. La autoridad ya cuenta con múltipels herramientas para investigar delitos como la extorsión.
5. El padrón viloa derechos humanos y pone en riesgo la seguridad de las personas usuarias de telefonía móvil.
6. La recolección y almacenamiento de datos biométricos como parte del padrón, puede violar el derecho a la privacidad de manera irreversible.
7. El Padrón desperdicia recursos indispensables para combatir la brecha digital.
Como resumen, La Red en Defensa de los Derechos Digitales, el padrón que se propone:
-No contribuirá a la reducción del delito
-No impedirá a los extorsionadores continuar haciendo llamadas desde números no asociados a su identidad
-Provocará que las autoridades persigan líneas de investigación inútiles o que conduzcan a acusación de inocentes
-Es innecesario dado que ya existen múltiples herramientas para investigar y combatir delitos como la extorsión, localización geográfica en tiempo real y el acceso a datos conservados, además de la inhibición de señales de telefonía en reclusorios y el combate a la corrupción en ellos.
-Pone en riesgo la privacidad y seguridad de la población como ya sucedió en el pasado
-Constituye un apetitoso botín cibernético ya que, al estar centralizada, es un atractivo enorme para atacantes informáticos de atacantes cibernéticos nacionales e internacionales.
-Genera un riesgo de daño irreversible a la privacidad al incluir la recolección y almacenamiento masivo y centralizado de datos biométricos.
-Constituye una medida propia de regímenes autoritarios que obstaculiza el derecho a la expresión anónima y facilita el monitoreo y control de la población en violación de los derechos humanos y libertades fundamentales.
-Implica un desperdicio de recursos escasos en tiempos de crisis económica y sumamente necesarios para abatir la brecha digital en medio de una pandemia
-no es una medida necesaria ni proporcional para el fin perseguido y, por ende, resulta inconstitucional y violatoria de los derechos humanos.
Ante esto, deberán de llover amparos, al menos de los usuarios actuales ya que las leyes no se puede aplicar la retroactividad, y con esto lograr defenderse de esta medida arbitraria.
Sígueme en mis siguientes artículos para más ideas estratégicas de transformación digital.
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